TY - JOUR AU - Bernabé Cerdá AU - José Vicente AB - En el año 2009 la UNESCO incluyó el Tribunal de las Aguas de Valencia y el de Hombres Buenos de Murcia en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Ambas instituciones de derecho consuetudinario fueron reconocidas a través de la más elevada categoría de protección inmaterial a nivel internacional. A lo largo de las últimas décadas se han emitido resoluciones consultivas (culturales, jurídicas) y desarrollado una agenda de investigación que suscitan el interés por el análisis de los valores atribuidos o atribuibles a ciertas manifestaciones culturales (materiales o inmateriales) cuya apelación serviría a los actores sociales y políticos para justificar su reconocimiento y protección como patrimonio inmaterial (García, 1999; Riegl, 1999; Maxon, 2000; Szmelte, 2013; Cejudo, 2014). La conceptualización del patrimonio cultural inmaterial se entendería como una construcción social que se realiza a través de la atribución de significado y puesta en valor de una manifestación cultural concreta del pasado que sigue viva y disponga de vocación de futuro. De esta forma, la investigación lleva a cabo el análisis de los valores (histórico, jurídico, medioambiental, de consenso, democrático e identitario) susceptibles de ser apelados y atribuidos a las instituciones de derecho consuetudinario como Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI). BT - Disjuntiva: Crítica de les Ciències Socials DA - 2021/// IS - 1 N2 - En el año 2009 la UNESCO incluyó el Tribunal de las Aguas de Valencia y el de Hombres Buenos de Murcia en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Ambas instituciones de derecho consuetudinario fueron reconocidas a través de la más elevada categoría de protección inmaterial a nivel internacional. A lo largo de las últimas décadas se han emitido resoluciones consultivas (culturales, jurídicas) y desarrollado una agenda de investigación que suscitan el interés por el análisis de los valores atribuidos o atribuibles a ciertas manifestaciones culturales (materiales o inmateriales) cuya apelación serviría a los actores sociales y políticos para justificar su reconocimiento y protección como patrimonio inmaterial (García, 1999; Riegl, 1999; Maxon, 2000; Szmelte, 2013; Cejudo, 2014). La conceptualización del patrimonio cultural inmaterial se entendería como una construcción social que se realiza a través de la atribución de significado y puesta en valor de una manifestación cultural concreta del pasado que sigue viva y disponga de vocación de futuro. De esta forma, la investigación lleva a cabo el análisis de los valores (histórico, jurídico, medioambiental, de consenso, democrático e identitario) susceptibles de ser apelados y atribuidos a las instituciones de derecho consuetudinario como Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI). PY - 2021 SN - 2659-7071 SP - 55 EP - 73 EP - T2 - Disjuntiva: Crítica de les Ciències Socials TI - La atribución política de valores al Patrimonio Cultural Inmaterial: los tribunales consuetudinarios UR - https://dialnet.unirioja.es/servlet/extart?codigo=7721895 VL - 2 ER -